Habilitaci贸n Multimotor

Terrestres de hasta 5.700 Kgs. de peso m谩ximo de despegue.

Para obtener una licencia se deber谩:

(i) Ser titular de una licencia de piloto de avi贸n.

(ii) Aprobar las exigencias te贸ricas establecidas en el curso de instrucci贸n reconocida para esta habilitaci贸n.

(iii) Haber completado como m铆nimo: 6 horas de vuelo de instrucci贸n, de las cuales:

(A) 5 horas de vuelo de doble comando impartida por un Instructor de Vuelo habilitado y

(B) Una hora de vuelo solo (como 煤nico ocupante), y

(iv) Tener en su Libro de Vuelo u otro documento aprobado la certificaci贸n por parte del Instructor de Vuelo que mediante la comprobaci贸n de un examen pre inspecci贸n, considera al solicitante entrenado en las 谩reas de operaciones que son parte del curso de instrucci贸n para la obtenci贸n de la habilitaci贸n de clase de avi贸n.

(v) Aprobar un examen te贸rico y de pericia en vuelo, ante un Inspector de Vuelo designado, de

acuerdo con los Est谩ndares para Ex谩menes Pr谩cticos en Aeronaves aplicables a la habilitaci贸n.

(vi) Esta habilitaci贸n faculta a su titular para desempe帽arse como piloto en aviones multimotores terrestres de hasta 5.700 Kgs. de peso m谩ximo de despegue en las cuales ha sido debidamente adaptado, debiendo poseer la constancia en su Libro de Vuelo.

(vii) El titular de la habilitaci贸n de aviones multimotores terrestres de hasta 5.700 Kgs. de peso m谩ximo de despegue que permanezca m谩s de 60 d铆as sin realizar actividad de vuelo en el avi贸n que haya sido habilitado de acuerdo al (b) (1) (iv) (v) de esta Secci贸n, deber谩, antes de reiniciar la misma ser readaptado por un Instructor de Vuelo habilitado cumpliendo como m铆nimo una hora de vuelo, dejando la debida constancia en el Libro de Vuelo del interesado.

 

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